Concejalía de Participación Ciudadana

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DERECHOS Y OBLIGACIONES


Derechos:

Conforme al artículo 18 del Reglamento Municipal de Participación Ciudadana, las entidades o asociaciones correctamente inscritas en el Registro gozarán de los beneficios, ayudas y subvenciones municipales, así como participar en los foros e instituciones municipales.

Obligaciones:

  • Notificar al Registro toda modificación de los datos, inicialmente aportados, dentro del mes siguiente a que se produzcan.
  • Responderán del uso realizado de los medios públicos solicitados y concedidos.


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